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Cambia 360

Cambia 360
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Recarga
flotas

2023

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Recarga
acceso público

2023

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Recarga
acceso privado empresas

2023

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Recarga
aparcamientos de uso residencial

2023

ver planes anteriores:   2022  /  2021

 

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Propuesta de resolución provisional del Plan Cambia 360 de 2023
Publicada la propuesta de resolución provisional de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos de la anualidad de 2023. (Se abre plazo de 10 días para alegaciones).
24/11/2023 - Finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
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Decreto de 14 de marzo de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
Por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la instalación de infraestructura de recarga para vehículos eléctricos (Cambia 360), correspondiente a la anualidad 2023.

Ayudas para instalación de infraestructura de recarga eléctrica

Madrid lanza Cambia 360, una línea de ayudas para impulsar la instalación de infraestructura de recarga eléctrica.

Una línea cuyo objetivo principal es promover y acelerar la renovación de las flotas de vehículos en aquellos sectores en que se hace un uso más intensivo del vehículo en las vías urbanas, tales como los servicios de taxi y de arrendamiento de vehículos con conductor, así como las plataformas y sistemas de vehículos compartidos, la distribución urbana de mercancías. Además, se procurará la proliferación de infraestructuras de recarga en aparcamientos de acceso público que sirvan para la recarga en puntos intermedios de los trayectos de todo tipo de usuarios.

También se contempla la instalación de puntos de recarga en espacios de carácter laboral y profesional para favorecer la sostenibilidad de los Planes de Transporte al Trabajo, así como la infraestructura de recarga de aparcamientos de residentes y comunidades de propietarios.

4 líneas de actuación:

"1.1." Recarga flotas: en zonas de estacionamiento destinadas a vehículos de profesionales autónomos, flotas privadas y de servicio público, estando la infraestructura de recarga asociada a la distribución urbana de mercancías, los servicios de taxi y de arrendamiento de vehículos con conductor, las plataformas y sistemas de vehículos compartidos. 300.000 €

"1.2." Recarga acceso público: en sector no residencial (aparcamientos de uso público rotacional, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.). 150.000 €

"1.3." Recarga acceso privado empresas: en zonas de estacionamiento de empresas privadas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes. 75.000 €

En las líneas 1.1, 1.2 y 1.3, también serán subvencionables las infraestructuras de recarga destinadas exclusivamente a dar servicio a vehículos eléctricos de baja potencia: categoría L (ciclomotores, motocicletas,..), bicicletas eléctricas y vehículos de movilidad personal (VMP) según definiciones contenidas en el Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, y el Reglamento General de Vehículos, aprobado mediante el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

2. Aparcamientos de uso residencial: 225.000 €

Incluye:

Ámbito "2.1." Preinstalaciones o instalaciones de infraestructura de recarga de baterías de vehículos eléctricos, en el caso de aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios existentes de régimen de propiedad horizontal en comunidad de propietarios, o comunidades de bienes.

Ámbito "2.2." Preinstalaciones o instalaciones de infraestructura de recarga de baterías de vehículos eléctricos, en el caso de aparcamientos públicos para de residentes de titularidad municipal (PAR).

Con carácter general para todos los ámbitos, la adquisición de estos sistemas no puede ser anterior al 1 de enero de 2023. A tal efecto, se tomará como referencia la fecha de formalización de los correspondientes contratos de suministro de bienes y/o servicios.

24 de noviembre de 2023 fecha límite para la presentación de solicitudes.

Procedimiento para la adhesión de las empresas instaladoras

Las empresas instaladoras que deseen adquirir la condición de Empresa Instaladora Adherida, deberán registrarse a tal efecto.

Para ello deberán:

  1. Acceder al enlace "pulsa aquí para darte de alta como empresa instaladora" de la web www.recargamadrid.es cumplimentado el Formulario 1 - Formulario adhesión empresas instaladoras
  2. Una vez cumplimentado, deberá imprimirse, y ser firmado y sellado por el representante de la empresa.
  3. A continuación deberá remitirse, junto con la siguiente documentación al correo recarga@agremia.com.

    DOCUMENTACIÓN QUE DEBE ADJUNTARSE:

    Para todas las líneas de la convocatoria:

    • Certificado de Registro de Empresa Instaladora Eléctrica en Baja Tensión en vigor o Declaración Responsable.
    • CIF/NIF de la empresa/autónomo.

    Una vez recibidos por la entidad gestora el formulario y los documentos señalados anteriormente, aquella procederá a su validación, remitirá a la Empresa Instaladora a la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud, las claves de usuario y contraseña y le dará de alta en la aplicación informática, para que pueda empezar a operar y tramitar las solicitudes de ayuda en nombre de los titulares de las instalaciones.

Una vez recibidos por la entidad gestora el formulario y los documentos señalados anteriormente, aquella procederá a su validación, remitirá a la Empresa Instaladora a la dirección de correo electrónico indicada en la solicitud, las claves de usuario y contraseña y le dará de alta en la aplicación informática, para que pueda empezar a operar y tramitar las solicitudes de ayuda en nombre de los titulares de las instalaciones.

Aquellas Empresas Instaladoras que se hubieran adherido a la Convocatoria de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización (Cambia360) de anualidades anteriores y que deseen adherirse de nuevo a esta convocatoria deberán manifestar su voluntad a través de la página web y comunicar, en caso de que se hubieran producido, cambios en la documentación aportada en la convocatoria anterior. En caso contrario, no será necesario que vuelvan a aportar esa documentación.

Si eres empresa instaladora y aún no estás dada de alta ...

Alta de instalador fuera de fecha: 24/11/2023

Estas ayudas contribuyen a la reducción de las emisiones contaminantes a la atmósfera, mejoran la eficiencia energética y promueven la movilidad de bajas emisiones

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